Actualizado Lunes, 15 diciembre 2025 - 19:16
El Ministerio de Trabajo ha acordado este lunes con los sindicatos UGT y CCOO y sin contar con el visto bueno de las patronales CEOE y Cepyme la ampliaci?n del permiso por fallecimiento de 2 a 10 d?as y la creaci?n de dos nuevos permisos: uno de 15 d?as para acompa?ar a un familiar en cuidados paliativos y otro de un d?a para acompa?ar en la eutanasia.
"Es una pena que la patronal espa?ola no est? en este acuerdo. Es incomprensible. Tendr? que decir por qu? se ha autoexcluido de una regulaci?n que pone a nuestro pa?s en la modernidad de lo que hacen el resto de pa?ses de Europa y c?mo se puede mostrar un grado de insensiblidad tan enorme frente a las personas que peor lo pasan. Deber?a haber sido un acuerdo de todos", ha se?alado el secretario de Estado de Trabajo, Joaqu?n P?rez-Rey, al t?rmino de la reuni?n, quien ha pedido a la patronal que "deje de perseguir a los trabajadores enfermos" y se dedique a mejorar la vida de los trabajadores y empresas.
Una vez alcanzado el acuerdo bilateral con los sindicatos, el Ministerio de Trabajo ha asegurado que "se pone a trabajar" con los grupos parlamentarios para intentar lograr el apoyo del Congreso de los Diputados a la norma. "Esto no es una cuesti?n de derechas o izquierdas", ha se?alado P?rez-Rey, que cree que los grupos la respaldar?n "mayoritariamente" porque es "una iniciativa sentida generalmente por el conjunto de la sociedad espa?ola".
En concreto, el permiso ser? de diez d?as h?biles por duelo en caso de fallecimiento del c?nyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y dos d?as h?biles para parientes hasta el segundo grado de afinidad. Estos dos d?as h?biles se ampliar?n en dos m?s cuando, con tal motivo, "la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto". Esto supone que la ampliaci?n de 2 a 10 d?as se produce s?lo cuando el fallecido es de la familia directa y se deja en 2 para la familia pol?tica.
Los diez d?as se podr?n coger de forma consecutiva o discontinua dentro de las cuatro primeras semanas desde que se produzca el fallecimiento y, adem?s, ese periodo podr? empezar a contar o bien desde el momento de la muerte o desde que se produzca la entrega de las cenizas. "El ejercicio del derecho a los d?as por duelo en caso de fallecimiento podr? distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en d?as continuados o discontinuos, en un periodo de cuatro semanas, desde la fecha del fallecimiento o desde la fecha en la que se entreguen a la persona trabajadora los restos mortales de la persona fallecida", recoge el borrador de la norma.
En cuanto al nuevo permiso por cuidado de familiares en paliativos, los trabajadores tendr?n "hasta 15 d?as h?biles para el cuidado del c?nyuge, pareja, de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguinidad, que precisen de cuidados paliativos". "El ejercicio del derecho a estos d?as se podr? dividir, a voluntad de la persona trabajadora, en dos fracciones, en un periodo de tres meses, a contar desde el primer d?a en la que la persona trabajadora se acoge a dicho permiso y hasta la fecha de fallecimiento de la persona que precisa de dichos cuidados. Solo se podr? hacer uso de este permiso una ?nica vez respecto de la persona que precise de los cuidados paliativos, sin perjuicio del derecho de la persona trabajadora a acogerse, adem?s y durante ese periodo, a los permisos por hospitalizaci?n o intervenci?n quir?rgica sin hospitalizaci?n".

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