Hacienda cambia de norma en 2026 y pedirá información de los pagos con Bizum a empresas y autónomos: ¿cómo afecta a los particulares?

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Actualizado Mi?rcoles, 17 diciembre 2025 - 11:20

El a?o 2026 trae cambios regulatorios en las declaraciones a Hacienda, y el Ministerio ha tenido que intervenir esta semana ante el aluvi?n de "informaciones incorrectas" que se han publicado "en los ?ltimos meses". Especialmente, en torno a los pagos con transferencia instant?nea (Bizum o equivalentes).

Seg?n la nueva normativa, a partir de 1 de enero del pr?ximo a?o las entidades financieras deber?n informar a la Agencia Tributaria (AEAT) de la facturaci?n acumulada en cada mes de empresas y profesionales aut?nomos, mediante cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a n?meros de tel?fono m?vil (como Bizum), y sin umbral m?nimo de importe. Entre otros datos, deber?n identificar empresas y profesionales, el n?mero del comercio con el que operan, su importe mensual facturado, as? como las cuentas bancarias o de pago a trav?s de las cuales se efect?en los cobros.

"S?lo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en Espa?a" y por tanto, "quedan as? excluidos los cobros entre particulares", ha aclarado AEAT ante la confusi?n generalizada que ha detectado en las ?ltimas semanas.

Por ejemplo, si un particular le paga a otro su parte de una cena conjunta, este importe no deber? ser declarado. Tampoco tendr?n que ser declarados, en los casos m?s comunes, los peque?os pagos de econom?a dom?stica como "la paga" de padres a hijos. S? se deber? vigilar, como es habitual, el pago de grandes cantidades de capital que se pueden interpretarse como pr?stamos o donaciones, porque en estos casos ya existe una regulaci?n especifica.

Por otro lado, y en relaci?n a la nueva medida, s? tendr? que declarar sus ingresos un electricista a quien sus clientes a domicilio le paguen con Bizum. De esta forma, los t?cnicos de Hacienda ya recomiendan que los aut?nomos tengan especial cuidado a la hora de hacer cobros y pagos de en su actividad profesional, y contar con n?meros de tel?fono y cuentas bancarias diferenciados para distinguir de su esfera personal. As? se evitar?n "interpretaciones err?neas".

Esta nueva norma ya estaba avisada desde abril de 2025, cuando se aprob? la modificaci?n, y la AEAT asegura que ha estado en "contacto permanente" con las entidades financieras para procesar el cambio, dado que los bancos ser?n los responsables de recoger la informaci?n.

Pero ning?n cambio est? exento de cr?ticas: desde el sindicato de t?cnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han solicitado a la AEAT que priorice las actuaciones de control sobre los sectores y las entidades "con fraudes m?s complejos y sofisticados, y no tanto en las irregularidades y peque?os fraudes de aut?nomos y pymes".

Cambios en el pago con tarjeta

En la norma de Hacienda se introduce la nueva obligaci?n anual de informaci?n para las tarjetas con un volumen anual de operaciones superior a 25.000 euros (de profesionales o de particulares), que tendr? que reportar sus datos del total anual de abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivos y gastos en establecimientos.

"En conjunto, la reforma persigue adaptar la normativa tributaria a un ecosistema financiero en r?pida evoluci?n, garantizando que la Administraci?n cuente con informaci?n suficientemente detallada, peri?dica y amplia para afrontar eficazmente los nuevos desaf?os en materia de fraude fiscal, eficacia recaudatoria y asistencia al contribuyente", concluye la AEAT en su web oficial.

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