La Audiencia de Madrid confirma la imputación por malversación a Begoña Gómez

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La Audiencia de Madrid confirma la imputación por malversación a Begoña Gómez

19/12/2025 15:39 Actualizado a 19/12/2025 15:52

La Audiencia de Madrid ha confirmado la imputación a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, de un delito de malversación de caudales públicos por la extralimitación de las funciones de su asesora Cristina Álvarez, también investigada. 

La Sala desestima el recurso presentada por ambas y por tanto avala la investigación de una de las piezas abiertas por el juez Juan Carlos Peinado contra la mujer de Pedro Sánchez. Esta pieza se refiere a la contratación de Álvarez por parte de Moncloa.

No obstante, el tribunal limita la pieza y sostiene que no hay dudas sobre la contratación sino si la asesora se extralimitó en sus funciones para hacer labores personales y profesionales de Gómez y no sólo en su actividad como esposa del presidente del Gobierno.

Los magistrados explican que “nada se objeta” respecto del nombramiento de Álvarez, ni se ha dudado del procedimiento de contratación. “Únicamente se ha puesto de manifiesto la posible extralimitación en sus funciones, tendente a favorecer el presunto plan delictivo de la principal investigada, Begoña Gómez”, apunta.

En el auto, el tribunal advierte que “resulta dudoso y puede ser el primer indicio que sustente el delito de malversación, que el nombramiento de la asistente de la esposa del presidente de Gobierno, haya recaído en una amiga íntima de Begoña Gómez, pues sería la primera vez, en este tipo de nombramientos, que no se hace recaer en un funcionario experto en protocolo, para el mejor ejercicio de la función, sino que se hace recaer en una persona de su máxima confianza”.

Para la Sala, su nombramiento podría ir dirigido no a ayudar a Gómez a dirigir sus pasos “por un complicado mundo de formalidades, de ceremonias y actos oficiales, sino para asegurarse del fiel cumplimiento del fin supuestamente propuesto, atendiendo a sus intereses particulares, con el consiguiente perjuicio para el patrimonio público”.

Los magistrados indican que de ser así “supondría un acto dispositivo que se podría incardinar en el tipo penal de malversación”.

En la resolución, el tribunal deja abierta la opción de que Álvarez actuara para los intereses personales de Gómez, por ejemplo ayudando a buscar inversiones para su cátedra en la Universidad Complutense de Madrid.

“Probablemente la actividad de Cristina Álvarez, podría desarrollarse durante las veinticuatro horas, los siete días de la semana, lo que desde luego parece excesivo, más propio de una amiga interesada en los asuntos lucrativos de la hora recurrente, que en la fría labor de la encargada de la agenda y demás asuntos protocolarios”, concluye.

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